Cómo demostrar el cumplimiento del artículo 27 del RGPD

Representantes de Responsables o Procesadores No Establecidos en la Unión

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RGPD Artículo 27 se ocupa en gran medida de proteger los derechos de los ciudadanos del Reino Unido (o de la UE), en caso de que sus datos sean procesados ​​por organizaciones fuera de su país de origen (o fuera de su unión política residente), en gran medida mediante el nombramiento de un representante formal.

RGPD Artículo 27 Texto Legal

Versión del RGPD de la UE

Representantes de responsables o encargados del tratamiento no establecidos en la Unión

  1. Cuando se aplique el artículo 3, apartado 2, el responsable o el encargado designarán por escrito a un representante en la Unión.
  2. La obligación establecida en el apartado 1 de este artículo no se aplicará a:
    • El tratamiento que sea ocasional, no incluye, a gran escala, el tratamiento de categorías especiales de datos a que se refiere el artículo 9, apartado 1, ni el tratamiento de datos personales relacionados con condenas penales y delitos a que se refiere el artículo 10, y es poco probable que resultar en un riesgo para los derechos y libertades de las personas físicas, teniendo en cuenta la naturaleza, el contexto, el alcance y los fines del procesamiento; o
    • Una autoridad u organismo público.

  3. El representante deberá estar establecido en uno de los Estados miembros donde se encuentren los interesados ​​cuyos datos personales se traten en relación con la oferta de bienes o servicios, o cuyo comportamiento se controle.
  4. El representante tendrá el mandato del responsable o del encargado de ser dirigido, además del responsable o del encargado, o en lugar de él, por, en particular, las autoridades de control y los interesados, en todas las cuestiones relacionadas con el tratamiento, con el fin de garantizar el cumplimiento del presente Regulación.
  5. La designación de un representante por el responsable o el encargado se entenderá sin perjuicio de las acciones legales que pudieran iniciarse contra el propio responsable o el encargado.

Versión del RGPD del Reino Unido

Representantes de responsables o encargados del tratamiento no establecidos en el Reino Unido

  1. Cuando se aplique el artículo 3, apartado 2, el responsable o el encargado del tratamiento designarán por escrito a un representante en el Reino Unido.
  2. La obligación establecida en el apartado 1 de este artículo no se aplicará a:
    • El tratamiento que sea ocasional, no incluye, a gran escala, el tratamiento de categorías especiales de datos a que se refiere el artículo 9, apartado 1, ni el tratamiento de datos personales relacionados con condenas penales y delitos a que se refiere el artículo 10, y es poco probable que resultar en un riesgo para los derechos y libertades de las personas físicas, teniendo en cuenta la naturaleza, el contexto, el alcance y los fines del procesamiento; o
    • Una autoridad u organismo público.
  3. El representante tendrá el mandato del responsable o del encargado de ser dirigido, además del responsable o del encargado, o en lugar del responsable, en particular, por el Comisionado y los interesados, en todas las cuestiones relacionadas con el tratamiento, con el fin de garantizar el cumplimiento de este Regulación.
  4. La designación de un representante por el responsable o el encargado se entenderá sin perjuicio de las acciones legales que pudieran iniciarse contra el propio responsable o el encargado.

Comentario técnico

El cumplimiento continuo se mide en el artículo 27 del RGPD a través de cuatro áreas principales:

  1. Las condiciones de aplicabilidad, es decir, quién puede representar al responsable del tratamiento, ya sea una firma de abogados, una consultoría o una empresa privada;
  2. Exenciones;
  3. Dónde deberán ubicarse los representantes;
  4. Las obligaciones y responsabilidades de los representantes.

ISO 27701 Cláusula 6.3.1.1 (Roles y responsabilidades de seguridad de la información) y Artículo 27 del RGPD de la UE

En esta sección hablamos de los artículos 27 (1), (2)(a), (2)(b), (3), (4) y (5) del RGPD.

Las organizaciones deben definir roles y responsabilidades que sean específicas de las funciones individuales contenidas en su política de protección de la privacidad, tanto su política general como sus políticas temáticas específicas.

Las personas con responsabilidades específicas deben tener las habilidades suficientes para llevar a cabo tareas relacionadas con la privacidad, que deben incluir:

  • La protección de la PII y cualquier activo relacionado con la privacidad;
  • Ejecutar procedimientos de protección de la privacidad;
  • actividades de gestión de riesgos relacionadas con la PII, incluidas acciones correctivas;
  • Cualquiera que utilice la información y los datos de la organización, incluido el uso de activos de TIC;
  • Personas con responsabilidad de alto nivel en materia de protección de la privacidad que delegan tareas a otros.

ISO reconoce que cada organización es única en la forma en que procesa la información. Las áreas de responsabilidad anteriores deben ir acompañadas de pautas específicas del sitio y de la instalación que tengan en cuenta los factores del mundo real que afectan la operación de procesamiento de PII de una organización.

Todas las responsabilidades y áreas de seguridad anteriores deben documentarse claramente y ponerse a disposición de todos los miembros del personal relevantes.

Las organizaciones deben designar a una persona que los clientes (y las autoridades externas) puedan utilizar como punto de contacto exclusivo para todos los asuntos relacionados con la PII (consulte la cláusula 27701 de la norma ISO 7.3.2).

Además, las organizaciones deben delegar la responsabilidad a una o más personas para crear un programa de gobernanza de la privacidad organizacional que refuerce el cumplimiento de las leyes y regulaciones de PII localizadas y nacionales.

Respaldo de cláusulas ISO 27701

  • ISO 27701 Cláusula 7.3.2

Índice de artículos vinculados del RGPD de la UE y cláusulas ISO 27701

Artículo del RGPDCláusula ISO 27701Cláusulas de apoyo de ISO 27701
Artículos 27 (1) a (5) del RGPD UEISO 27701 6.3.1.1ISO 27701 7.3.2

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